Código de Ética

Para garantizar mantener el espíritu y los objetivos de la organización, se ha establecido el presente código
de ética, donde se establecen los siguientes deberes para los socios:

  1. Implementar sus acciones profesionales alineadas a los principios de la ACRA, fomentando la arboricultura moderna responsable.
  2. Proveer un servicio y trato profesional leal y honesto a los clientes, proveedores, empleados y otros profesionales.
  3. Mantenerse al margen de dar opiniones personales sobre temas de interés público o privado, relacionados al ámbito del árbol urbano, a nombre de la ACRA, sin la debida consulta y autorización por parte de la Junta Directiva.
  4. Abstener su participación en alguna actividad profesional, comercial, civil, privada o comunitaria que atente contra el manejo sostenible y responsable de los árboles urbanos.
  5. Mantenerse al margen de realizar actividades con fines políticos a través de la imagen de la asociación.
  6. Estar en un constante autodesarrollo mediante la formación y actualización técnica y profesional y el perfeccionamiento de sus conocimientos para seguir aportando valiosamente a la organización y con ello a la sociedad.
  7. Apoyar el mejoramiento de los servicios profesionales y productos mediante el fomento de la investigación individual y estar al tanto de los avances tecnológicos y científicos relacionados con la profesión y los temas abarcados por la ACRA.
  8. Compartir su conocimiento y experiencia para contribuir con la formación de los otros miembros de la asociación.
  9. Toda información compartida con la asociación debe ser veraz y comprobable.
  10. Ser leales a la asociación y a sus miembros entendiendo que una acción deshonesta o desleal para con ellos afecta la imagen de la organización.
  11. Respetar la diversidad de ideas haciendo prevalecer el aspecto técnico y científico de las mismas.
  12. Ser honesto en su crítica y no difamar o denigrar el trabajo o reputación de otro colega vinculado a la arboricultura.
  13. Denunciar oportunamente cualquier acción detectada por personal interno y externo a la asociación que atente contra el manejo y conservación de los árboles urbanos y los principios de la ACRA.